El Código de Ética Profesional del Ingeniero Mexicano se
publicó el 1 de julio de 1983, y firmó como testigo el C. licenciado Miguel de
la Madrid Hurtado, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos,
el cual se transcribe a continuación.
CONSIDERANDO QUE:
1. El ingeniero mexicano sustenta su conducta en el respeto
y amor a la patria.
2. El ingeniero en
nuestro país ha logrado la práctica de su profesión gracias a la oportunidad
que le brinda la nación mexicana.
3. Por su preparación
tiene un mayor compromiso para coadyuvar a satisfacer las necesidades y elevar
la calidad de vida de los mexicanos, con la convicción y responsabilidad moral
de sostener un desarrollo con justicia social.
4. Es un deber propiciar el desempeño de la actividad de
acuerdo con un Código de Ética que precise las obligaciones sociales, que hacen
posible el respeto de cada profesional para con los demás, en busca de una
justa y armoniosa convivencia humana dentro de cada nación y entre las
naciones.
5.Los principios universales y nuestras mejores tradiciones
consideran un alto deber la solidaridad internacional y el respeto a los valores
morales de otros pueblos, en particular donde el ingeniero amplíe su
preparación o eventualmente ejerza la profesión.
6.Los diversos
códigos de ética profesional de colegios y asociaciones de ingenieros confluyen
en una misma concepción.
7.La unión de
ingenieros mexicanos se ha dado en torno a principios y normas de conducta.
La Asamblea General Ordinaria de la UMAI adopta el siguiente
Código de Ética Profesional del Ingeniero Mexicano:
1. El ingeniero reconoce que el mayor mérito es el trabajo,
por lo que ejercerá su profesión comprometido con el servicio a la sociedad
mexicana, atendiendo al bienestar y progreso de la mayoría.
Al transformar la naturaleza en beneficio de la humanidad,
el ingeniero debe acrecentar su conciencia de que el mundo es la morada del
hombre y de que su interés por el universo es una garantía de la superación de
su espíritu y del conocimiento de la realidad para hacerla más justa y feliz.
2. El ingeniero debe rechazar los trabajos que tengan como
fin atentar contra el interés general; de esta manera evitará situaciones que
impliquen peligros o constituyan una amenaza contra el medio ambiente, la vida,
la salud y demás derechos del ser humano.
3. Es un deber ineludible del ingeniero sostener el
prestigio de la profesión y velar por su cabal ejercicio; asimismo, mantener
una conducta profesional cimentada en la capacidad, la honradez, la fortaleza,
la templanza, la magnanimidad, la modestia, la franqueza y la justicia, con la
conciencia de subordinar el bienestar individual al bien social.
4. El ingeniero debe procurar el perfeccionamiento constante
de sus conocimientos, en particular de su profesión, divulgar su saber,
compartir su experiencia, proveer oportunidades para la formación y la
capacitación de los trabajadores, brindar reconocimiento, apoyo moral y
material a la institución educativa en donde realizó sus estudios; de esta
manera revertirá a la sociedad las oportunidades que ha recibido.
5. Es responsabilidad del ingeniero que su trabajo se
realice con eficiencia y apoyo a las disposiciones legales. En particular,
velará por el cumplimiento de las normas de protección a los trabajadores
establecidas en la legislación laboral mexicana.
6. En el ejercicio de su profesión, el ingeniero debe
cumplir con diligencia los compromisos que haya asumido y desempeñará con
dedicación y lealtad los trabajos que se le asignen, evitando anteponer su
interés personal en la atención de los asuntos que se le encomienden, o
coludirse para ejercer competencia desleal en perjuicio de quien reciba sus
servicios.
7. Observará una conducta decorosa, tratando con respeto,
diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con las que tenga relación,
particularmente a sus colaboradores, absteniéndose de incurrir en desviaciones
y abusos de autoridad y de disponer o autorizar a un subordinado conductas
ilícitas, así como de favorecer indebidamente a terceros.
8.Debe salvaguardar los intereses de la institución o
persona para la que trabaje y hacer buen uso de los recursos que se le hayan
asignado para el desempeño de sus labores.
10. Cumplirá con eficiencia las disposiciones que en
ejercicio de sus atribuciones le dictaminen sus superiores jerárquicos, respetará
y hará respetar su posición y trabajo; si discrepara de sus superiores tendrá
la obligación de manifestar ante ellos las razones de su discrepancia.
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